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domingo, 30 de mayo de 2010

LOS 4.250 KG DICHOSOS, QUE TANTO LIO CAUSAN EN LOS FOROS
Con el permiso B se puede llevar un conjunto en el cual la suma de ambos pesos maximos no supere los 3500kg, y siempre y cuando el remolque no pese mas que el tractor.
En su segundo apartado dice que se puede llevar un vehiculo de 3500 kg de pma mas un remolque con pma superior a los 750kg , Siempre y cuando el conjunto no supere los 4250kg.
hasta aqui la legislacion vigente, modificada a finales de Dicembre de 2009. Se ha Cambiado en concordancia con la Union Europea, El permiso B o B  con Autorizacion 3500 a 4250kg, tras superar unas pruebas de actitud ya permitira remolcar un peso de mas de 750kg, con un vehiculo , llegando  en la suma de ambos PMA autorizados a los 4250kg.

El B+E era la solucion para conjuntos de pesos superiores, que no se contemplan en el B, , ya no es preciso obtener este permiso, pero Si superar las pruebas que se detallan a continuacion:
Entra en vigor el nuevo 
B con Autorizacion de 3250kg a 4250kg..a finales de 2009 , sin examen teorico, solo con tres pruebas:
Enganche y desenganche.
Aparcamiento en linea.
Circulacion.
Videos de la DGT. extraidos de su pagina, http://www.dgt.es/
http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/oficina_virtual/conductores/maniobras/maniobras008b.htm
http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/oficina_virtual/conductores/maniobras/maniobras008a.htm

De esta manera ya se puede llevar un monovolumen , un 4x4 o un coche grande con un pma de 2850kg por ejemplo mas una Caravana con un pma de 1400kg==== 4250kg.
Legislacion Europea:
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2006:403:0018:0060:ES:PDF
lo que describe lo referente a los 4.250kg esta en las paginas 21 y 22. Esta ley es de 2006 y aqui se aplica en el 2010,,4 años despues.
Lo que viene en las paginas 21 y 22 es lo siguiente:
Categoría B:
automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda
de 3 500 kg y hayan sido diseñados y construidos para el
transporte de un máximo de ocho pasajeros sin incluir al
conductor; los automóviles de esta categoría podrán llevar
enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no
exceda de 750 kg.
Sin perjuicio de las normas de homologación para los
vehículos correspondientes, los automóviles de esta categoría
podrán llevar enganchado un remolque con una masa
máxima autorizada de más de 750 kg, siempre que la masa
máxima autorizada de este conjunto no exceda de 4250 kg.
En caso de que esta combinación excediera de 3 500 kg, los
Estados miembros exigirán, conforme a lo dispuesto en el
Anexo V, que esta combinación sólo pueda conducirse:
— tras la superación de una formación, o
— habiendo superado una prueba de aptitud y comportamiento.
Los Estados miembros podrán exigir también que se hayan
superado tanto la formación como la prueba de aptitud y
comportamiento
Los Estados miembros indicarán en el permiso de conducción la autorización para conducir esta combinación
mediante el código comunitario correspondiente.
La edad mínima para la categoría B se establece en 18 años

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Ahora: lo sorprendente es que en ningun momento se cita que la MMA del remolque tenga que ser menor que la del Tractor. Esto habrá que suponerlo por logica.
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Segundo punto,,,empieza diciendo que. Sin perjuicio de las normas de homologacion para los vehiculos correspondientes ,,etc.
   Aqui entra ya, el cerrojo para los coches con los nuevos motores Ecoflex, que contaminan menos y estan ¨¨ homologados¨¨´´para arrastrar solamente un peso inferior,,,mas o menos lo mismo que el peso que pueden remolcar sin Freno de Inercia ( unos500kg) , es mas,,,viendo web¨s de fabricantes de enganches,,se ve que ya no hay enganches para estos nuevos coches, capaces de remolcar mas peso del indicado y homologado por el fabricante del vehiculo.



Con el permiso C1+E


Conjunto de vehículos compuesto por un vehículo que autoriza el "B" y un remolque o semirremolque cuya MMA exceda de 3500 kg., siempre que la MMA del conjunto no exceda de 12000 kg.







Maniobras a realizar para la obtención del Código Armonizado "96"
Para la obtención del código armonizado B-96 será necesario superar las siguientes pruebas de control de aptitudes y comportamientos:


En circuito cerrado:

* Estacionamiento y salida del espacio ocupado al estacionar en línea, utilizando las marcas hacia delante y hacia atrás, en llano o en pendiente ascendente o descendente.
* En circulación en vías abiertas al tráfico en general deberán realizar los siguientes ejercicios: aceleración, deceleración, marcha atrás, frenado, distancia de frenado, cambio de carril, frenar/esquivar, oscilación del remolque, acoplamiento y desacoplamiento del remolque y estacionamiento.




Es decir, aunque para manejar uno de estos conjuntos de vehículos no se exige la obtención de otro permiso, sí que es obligatorio demostrar que se posee la capacidad necesaria para hacerlo. Hay que tener en cuenta que la conducción de un vehículo que arrastra un remolque puede ser muy distinta dependiendo de si es ligero o tiene más de 750 kg. de MMA.

Aparte de que la mayor capacidad de carga de los segundos puede afectar tanto a las reacciones del conjunto como a su estabilidad, no puede obviarse el hecho de que los remolques ligeros no están obligados a llevar freno de servicio, pero los que superan los 750 kg. de MMA sí, y que en la mayor parte de los casos ese freno va a ser de inercia. Esto puede ser suficiente para obligar al aspirante a conducir uno de estos conjuntos de vehículos a superar las pruebas que se establecen reglamentariamente.

Sin embargo, es necesario recalcar que el permiso sigue siendo el da la Clase B, ampliado para la conducción de estos vehículos, eso sí, mediante una anotación en el propio permiso de conducir (Código comunitario armonizado 96, anexo I del R. G. de Conductores; Directiva Comunitaria 2006/126 Anexo I). No existe el mal llamado permiso de conducir B96.


Remolques hasta 750 kgs de MMA Categoría O1:


- Tarjeta de Inspección técnica. Igual a la de los coches.

- Seguro: suplemento en el seguro del vehículo. Se debe notificar a la compañía en la cual tenemos asegurado el coche

que, si no está incluido el arrastre del remolque, nos haga una ampliación del mismo, donde también quede asegurado el remolque y el enganche.

- No necesitan pasar la ITV.

- Freno de estacionamiento por palanca manual.

- Enganche secundario tipo "cadena" que impida que la barra toque el suelo.

- Rueda tipo "jockey".

- Masa Máxima Remolcable (MMR): será variable en función del vehículo tractor, cuanto más grande sea el vehículo tractor y más masa tenga, más masa podrá remolcar, por regla general los vehículos turismos o 4x4 no podrán remolcar más de 3500 kg.

* Para arrastrar remolque sin freno (la mitad de la tara del tractor + 75 kg), no excediendo en ningún caso de 750kg.

Remolques de más de 750 kgs. de MMA Categoría O2:



- Necesitan estar matriculados. Matrícula roja.

- Tarjeta de Inspección técnica. Igual a la de los coches.

- Permiso de circulación.

- Seguro independiente del vehículo.

- Necesitan pasar la ITV.

- Masa Máxima Remolcable (MMR): será variable en función del vehículo tractor, cuanto más grande sea el vehículo tractor y más masa tenga, más masa podrá remolcar, por regla general los vehículos turismos o 4x4 no podrán remolcar más de 3500 kg.

* Para arrastrar remolque con freno de inercia: la MMA del vehículo tractor(1,5 veces la MMA si el vehículo a motor es todo terreno), no excediendo en ningún caso de 3500 kg.


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